Archdiocese of Los Angeles
Tribunal Metropolitano

Unas Palabras a los Interesados no Católicos acerca del Tribunal

La Iglesia Católica presume que todo matrimonio, sea que involucre a un Católico o no, es válido hasta que se demuestre lo contrario. Esta presunción no se ve afectada por el otorgamiento del divorcio civil.

Esta presunción de validez puede ser controvertida ante un Tribunal de la Iglesia por una de las partes del matrimonio. La carga de la prueba, sin embargo, le corresponde a la persona que presenta la petición y el Tribunal por si mismo solo puede declarar si se probó o no que el matrimonio fue inválido desde el comienzo; el Tribunal no tiene poder de hacer el matrimonio nulo o inválido

Una persona no Católica que ha estado previamente casada y que desea casarse con una persona Católica, tiene un interés legítimo de pedir al Tribunal de la Iglesia que investigue sobre la validez de su anterior matrimonio. En tal caso, el Tribunal de la Iglesia Católica puede hacer un juzgamiento sobre la nulidad alegada del matrimonio de los dos no Católicos, únicamente para determinar si la persona Católica se puede casar con la persona no Católica. Si resulta que la persona no Católica está atada previamente por un matrimonio válido, la Iglesia Católica, que no reconoce el divorcio, no puede permitir que la parte Católica se case con esa persona.

La parte no Católica es en tales casos, bien sea demandante o demandada, tiene ante el Tribunal los mismos derechos que un Católico.

Estos derechos incluyen el derecho a ser oído, a presentar argumentos y pruebas, así como a conocer y poder responder a los argumentos y pruebas presentados por la otra parte. Cada parte tiene el derecho a escoger un Defensor (el cual tiene que ser aprobado por el Tribunal) para que le asista en el ejercicio de sus derechos frente al Tribunal.

Es tarea del Tribunal el tomar su decisión a la luz de los argumentos y pruebas presentados por ambas partes y bajo los principios de un juicio justo.

Al juzgar la validez del matrimonio de dos personas no Católicas, el Tribunal no aplica aquellas leyes positivas de la Iglesia Católica que se aplican únicamente a los matrimonios en que esté involucrada al menos una parte Católica, solo aplica aquellos principios que emergen de las leyes positiva naturales o divinas y que afectan la validez de todo matrimonio.

En particular, la Iglesia Católica sostiene que ciertos elementos pertenecen a la naturaleza o esencia del matrimonio por si mismo tal como fue determinado por el Creador y no son elementos opcionales que puedan ser incluidos o excluidos a voluntad. Consecuentemente, su exclusión positiva del consentimiento matrimonial hará dichos matrimonios inválidos.

[Tomado de Roman Replies and CLSA Advisory Opinions 1997, pp. 25-26.]

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